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Ajuntament de Tortosa
Ayuntamiento de Tortosa
Traducción

Otros órganos municipales

Presentación

La ley reconoce a los entes locales la potestad de autoorganización. Es decir, la facultad de configurar la estructura y la organización complementaria más conveniente para su funcionamiento.

La autoorganización de los ayuntamientos tiene que cumplir los principios enunciados en la ley, de eficacia, economía organizativa y participación ciudadana.

La potestad de autoorganizació está ligada a la potestad reglamentaria, que es una atribución del pleno, con carácter exclusivo y no delegable.

El Reglamento Orgánico Municipal (ROM) és el que establece la regulación de la organización municipal.

Normativa: Artículos 4, 19 y 20 de la Ley 7/1987, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local. Artículo 8 del Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña.